¿Qué es la Discriminación?

Encuentre más información en: www.k12.wa.us/Equity

Oficina del Superintendente de Instrucción Pública Equidad y Derechos Civiles

¿Qué es la discriminación?

La discriminación es el trato injusto o desigual hacia una persona o un grupo de personas por ser parte de un grupo definido, conocido como clase protegida. La discriminación puede ocurrir cuando una persona reciba un trato diferente o cuando se le niegue el acceso a programas, servicios o actividades por ser parte de una clase protegida. También puede haber una situación de discriminación cuando una escuela o distrito escolar no satisface las necesidades de un estudiante o empleado con discapacidad.

El hostigamiento (basado en una clase protegida) y el acoso sexual pueden ser formas de discriminación cuando generan un ambiente hostil.

¿Qué es una clase protegida?

Una clase protegida es un grupo de personas que comparten características comunes y están protegidas contra la discriminación y el acoso por leyes federales y estatales. Las clases protegidas definidas por el Estado de Washington incluyen:

 

Sexo

Raza/Color

Credo/Religión

País de origen

Discapacidad o uso de un perro adiestrado o animal de asistencia

Orientación sexual, que incluye identidad o expresión de género

Grado militar o veterano de guerra retirado con honores

La Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (Office of Superintendent of Public Instruction, OSPI) es el organismo responsable de supervisar la educación pública desde el nivel preescolar hasta 12º grado en el Estado de Washington. Dentro de la OSPI, la Oficina de Equidad y Derechos Civiles brinda asistencia técnica a los distritos escolares, los padres y los estudiantes sobre cuestiones relacionadas con las leyes federales y estatales contra la discriminación.

Equidad y Derechos Civiles
Oficina del Superintendente de Instrucción Pública
P.O. Box 47200; Olympia, WA 98504-7200
(360) 725-6162 Fax: (360) 664-2967
TTY: (360) 664-3631
Correo electrónico: equity@k12.wa.us

¿Qué sucede si no es posible resolver el problema en la escuela?

Si no puede resolver su problema, quizás desee presentar una queja ante el distrito escolar.

Cualquier persona puede presentar una queja ante el distrito escolar.

Usted puede presentar una queja formal enviando una carta a su Superintendente que describa el hecho ocurrido y el motivo por el cual considera que se trata de discriminación. Es conveniente que incluya lo que usted desea que haga el distrito. La carta debe estar firmada.

¿Qué hará el distrito?

El empleado designado por el distrito para recibir las quejas investigará sus acusaciones y entregará al Superintendente un informe escrito de la queja y los resultados de la investigación. Además, usted y el distrito pueden aceptar resolver su queja a cambio de una investigación.

¿Qué hará el Superintendente del Distrito?

El Superintendente le enviará una carta por escrito dentro de 30 días calendario donde negará sus acusaciones o describirá las medidas razonables que tomará el distrito. La carta incluirá la forma en que debe presentar una apelación ante el consejo escolar si usted no está de acuerdo con la decisión del Superintendente.

Las medidas correctivas deben aplicarse dentro de los 30 días calendario de la carta del Superintendente.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la decisión del Superintendente o si nadie responde mi carta?

Su próximo paso es apelar ante el consejo escolar.

¿Qué es una apelación?

Una apelación es un pedido para que se cambie una decisión oficial.

¿Cómo presento una apelación ante el consejo escolar?

Usted puede presentar una apelación presentando una carta ante su consejo escolar. Allí debe incluir la parte de la decisión escrita del Superintendente que usted desea apelar y qué desea que haga el distrito.

Su carta debe presentarse ante el Secretario de su consejo escolar antes del 10º día calendario después de recibir la carta de respuesta del Superintendente.

¿Qué hará el consejo escolar?

El consejo escolar programará una audiencia dentro de los 20 días calendario después de recibir su carta de apelación. También puede acordar una fecha distinta.

¿Qué sucederá en la audiencia?

Usted explicará por qué no está de acuerdo con la decisión del Superintendente. Puede traer testigos u otra clase de información relacionada con su apelación.

El consejo le enviará una copia de su decisión dentro de los 10 días calendario posteriores a la audiencia. La decisión incluirá cómo apelar a la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública si usted no está de acuerdo.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la decisión del Consejo Escolar?

Usted puede apelar la decisión del consejo escolar ante la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (OSPI).

¿Cómo presento una apelación ante la OSPI?

Usted puede presentar una apelación enviando una carta a la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública. La carta debe incluir la parte de la decisión del consejo escolar que usted desea apelar y qué desea que haga el distrito.

Su carta firmada debe ser recibida por la OSPI antes del 20º día calendario de recibir la decisión del consejo escolar. Puede ser entregada en mano o enviada por correo a:

OSPI
Servicios de Recursos Administrativos
(Administrative Resource Services)
P.O. Box 47200
Olympia, WA 98504-7200
Teléfono: (360) 725-6133

¿Qué hará la OSPI?

La OSPI programará una audiencia con un juez contencioso administrativo a través de la Oficina de Audiencias Administrativas (Office of Administrative Hearings, OAH). Durante ese proceso, se le suministrará información sobre la audiencia.

En la audiencia, usted explicará por qué no está de acuerdo con la decisión del consejo escolar. Puede presentar testigos u otra clase de información relacionada con la apelación. Después de la audiencia, recibirá una copia de la decisión del juez.

¿Qué debo hacer si creo que se discrimina a mi hijo?

Usted debe manifestar sus inquietudes al maestro de su hijo o al director de la escuela inmediatamente, lo cual permitirá que la escuela se ocupe de la situación lo antes posible.

Si usted no puede reunirse con el maestro o el director, puede contactarse con la oficina central del distrito escolar. Cada distrito escolar cuenta con una persona a cargo de responder a las quejas por discriminación.

Algunas veces, esa persona se denomina Coordinador del Título IX o para problemas relacionados con discapacidad, Coordinador de la Sección 504.

Cuando un problema no puede resolverse con una reunión, usted tiene derecho a presentar una queja en el Distrito Escolar. Usted también tiene derecho a contactarse con los siguientes organismos en cualquier momento para solicitar una investigación de su acusación por discriminación:

Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de los EE.UU.
915 Second Avenue, Room 3310
Seattle, WA 98174-1099
(206) 607-1600 / TDD: (877) 521-2172
www2.ed.gov/about/offices/list/ocr

Comisión de Derechos Humanos del Estado de Washington
P.O. Box 42490
Olympia, WA 98504-2490
(360) 753-6770 / Llamada gratuita: (800) 233-3247 / TTY: (800) 300-7525
www.hum.wa.gov

La OSPI ofrece acceso equitativo a todos los programas y los servicios sin discriminar por cuestiones de sexo, raza, credo, religión, color, país de origen, edad, grado militar o veterano de guerra retirado con honores, orientación sexual incluso expresión o identidad de género, presencia de cualquier clase de discapacidad sensorial, mental o física, o uso de un perro guía o animal de asistencia entrenado por parte de una persona con alguna discapacidad. Las preguntas y las quejas sobre presuntos hechos de discriminación pueden dirigirse al Director de Equidad y Derechos Civiles, (360) 725-6162 o P.O. Box 47200; Olympia, WA 98504.

Encuentre más información en: www.k12.wa.us/Equity

Estas publicaciones proporcionan al participante una variedad de información. Este puede incluir información sobre las leyes estatales o federales con respecto a los derechos de personas con discapacidades. Esto se provee para informar o concientizar al individuo de estos derechos, definiciones legales o leyes / reglamentos, y no se ofrece representación legal o asesoramiento legal. El destinatario entiende que esta información es para educarlo, y no le proporciona representación legal.